Control calidad del agua

Cuidamos la calidad de tu agua

El control de la calidad del agua es nuestro principal objetivo

En Aigües de Matadepera nos tomamos muy en serio tu salud y la de nuestro entorno. Te garantizamos que el agua que recibes en tu hogar cumple con todos los requerimientos legales, ofrece la máxima seguridad de consumo y que supera los más exhaustivos controles de calidad.

La Unión Europea y la legislación española determinan la calidad que debe tener el agua del grifo a través del Real Decreto 3/2023 de 10 enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de calidad del agua de consumo, su control y suministro. De forma consensuada con la Autoridad Sanitaria en Aigües de Matadepera hemos desarrollado un Plan de Control Analítico que establece la frecuencia y los parámetros a analizar, asegurando el total cumplimiento del Programa de Vigilancia Sanitaria del agua de consumo autonómico.

Para garantizar la calidad del agua y que esta sea totalmente segura para el consumo humano en Aigües de Matadepera realizamos múltiples análisis y controles en laboratorios acreditados y certificados que permiten garantizar la máxima fiabilidad de los resultados. Los datos se remiten al Ministerio de Sanidad y se publican en el Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo (SINAC).

Hay que recordar que la responsabilidad de asegurar la calidad del agua del grifo es múltiple, estando implicados el Ministerio de Sanidad, las Autoridades Sanitarias de las Comunidades Autónomas, los Ayuntamientos, la empresa suministradora y cada propietario de las instalaciones interiores dentro de su propiedad.

Parámetros a analizar

Análisis de control en red de distribución

Para determinar los caracteres fisicoquímicos organolépticos y microbiológicos del agua.

Análisis completo de la red y depósitos

Para determinar los caracteres organolépticos, fisicoquímicos, metales, trihalometanos, plaguicidas, hidrocarburos aromáticos policíclicos y caracteres microbiológicos.

Análisis de Radiactividad

Acorde con la última modificación realizada en el Real Decreto 3/2023, establece que debe determinarse el potencial de actividad radiactiva en las aguas de consumo humano.

Determinación cloro residual libre in situ

Para garantizar la correcta desinfección del agua.

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A continuación, puedes acceder a información diversa sobre la red de distribución tu municipio, de acuerdo al RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro (propiedad de las infraestructuras, reclamaciones, planes sanitarios del agua, etc.).

Además de la información contenida en este apartado, puedes consultar información vinculada a facturas, precios y bonificaciones en el apartado “Tu servicio” y la información vinculada al ciclo del agua y consejos de uso de agua en “Tu agua” de esta misma web.

  • Propiedad de las infraestructuras

    Las infraestructuras hidráulicas del municipio de Matadepera son gestionadas por AMSA, AIGÜES DE MATADEPERA SA, A08068975, https://www.aiguesdematadepera.cat/ y MPATSA, MINA PÚBLICA D’AIGÜES DE TERRASSA SA, A08015570, https://www.minaserveisdaigua.com/, cuya propiedad pertenece al Ayuntamiento de Matadepera, a AMSA, AIGÜES DE MATADEPERA SA y a MPATSA, MINA PÚBLICA D’AIGÜES DE TERRASSA SA.

    La información relativa a las redes de distribución, su denominación en SINAC, la zona de abastecimiento a la que pertenecen y la población abastecida, están disponibles en la web de SINAC.

  • Reclamaciones vinculadas a los conceptos del real decreto

    Durante el año 2023 no se han recibido quejas relacionadas con aspectos dentro del alcance del RD 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

  • Información sobre el Plan sanitario del agua

    El plan sanitario del agua o PSA es una metodología de trabajo basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otras entidades internacionales.

    La legislación española ha incorporado este sistema de gestión de la calidad del agua y establece la obligación de realizar un PSA en el capítulo IV y Anexo VII del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

    La realización del PSA consiste en analizar los datos y sucesos relacionados con la calidad y continuidad del suministro de agua en el municipio, desde la captación hasta el punto de entrega del agua al ciudadano. El análisis de estos datos, permite priorizar la actuación ante los riesgos y establecer medidas preventivas o barreras múltiples que los minimicen o eliminen.

    El objetivo final del PSA es garantizar sistemáticamente que el agua sea salubre y limpia, que cumpla con las garantías sanitarias y que el servicio sea continuo, con cantidad y presión suficiente.

    El PSA elaborado se revisa anualmente y los datos analíticos generados, retroalimentan al sistema, para hacerlo cada vez más robusto, fortaleciendo el principio de prevención de riesgos y aportando una mejora continua del abastecimiento.

    Finalmente, las autoridades sanitarias comprueban y aprueban los Planes Sanitarios elaborados anualmente, lo que garantiza el cumplimiento, grado de implantación y eficacia del mismo.

    Según lo anterior, este municipio dispone del PSA elaborado para el año 2023, y en el momento de su elaboración no existen incumplimientos de calidad o continuidad del agua de consumo por lo que no se requiere establecer medidas correctoras ni preventivas.